jueves, 6 de febrero de 2014

Impuesto sobre Venta

El día de ayer miércoles 5 de enero fue publicado en La Gaceta la derogación del artículo 17 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión lo cual nos indica que todos los productos de Canasta Básica ya no se debe cobrar el 15% de ISV. Ahora el problema que existe que para muchas empresas no es fácil la modificación de sus sistemas de facturación, pero por el otro lado no se puede iniciar la modificación ya que las mismas autoridades informan que a las 2:00 pm. el Presidente de la Republica Juan Orlando Hernández dará a conocer el nuevo listado de productos que formaran la Canasta Básica a los cuales quedaran libre del ISV. Ante este problema las empresas no pueden dejar de cobrar el ISV hasta no saber cuáles son los productos que estarán en la Canasta Básica, lo que entendemos que muchos productos no quedaran en la lista y quedaran con las mismas medidas con ISV con el Decreto. Lamentamos que nuestras autoridades no hayan sido claras en dar la información correcta para no confundir ni a los empresarios ni al consumidor creando un ambiente conflictivo entre estas dos partes. Para el inicio de la modificación del cobro o no cobro del 15% del ISV se debe esperar hoy a las 2:00 pm que el gobierno brinde el nuevo listado de los Productos que conformaran la nueva Canasta Básica.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario